domingo, 8 de marzo de 2009

Versión oficial de la Intendencia Provincia de Llanquihue 10 de marzo de 1969

“En el día de ayer a la medianoche, aproximadamente, 91 familias invadieron ilegalmente 3 hectáreas de terrenos en el sector denominado Pampa Irigoin, junto a la carretera panamericana.

“Esta usurpación, es una de las más numerosas que se han estado produciendo en la ciudad de Puerto Montt en los últimos meses, con gran alarma de los habitantes de la comuna y de la provincia.
“Al respecto, esta intendencia, mantiene instrucciones permanentes para repeler en forma enérgica los atentados en contra del orden público y proteger la tranquilidad social.
“En los hechos que nos ocupan, Carabineros, en virtud de instrucciones superiores procedió previamente a requerir de los pobladores la desocupación del terreno, pero se encontraron con una resistencia agresiva, perfectamente organizada, ya que estos tenían acumuladas piedras, palos, hachas, armas de fuego y otros elementos contundentes, e incluso un sistema de alarma. Al proceder al desalojo, trajo como consecuencia una refriega a raíz de la cual resultaron tres personas muertas, una cuarta fue encontrada en las cercanías del lugar, presumiblemente ajena a los sucesos. Dieciséis heridos civiles y 12, entre oficiales y tropa de Carabineros, con lesiones de diversa consideración. Cabe observar, que con el sistema de alarma planificado por los ocupantes, consiguieron la ayuda de más de mil personas que rodearon y lucharon en contra de Carabineros, que debió hacer uso de elementos disuasivos, como bombas lacrimógenas y disparos al aire.

“Las autoridades de gobierno lamentan las trágicas consecuencias producidas para estas familias modestas, pero ello es el resultado de la agitación y de la incitación irresponsable para subvertir el orden público.
“El instigador irresponsable de estos hechos es el Sr. Regidor y diputado electo, Luis Espinoza, cuya participación ha quedado de manifiesto a través de múltiples declaraciones. El Sr. Espinoza, fue detenido en las inmediaciones del terreno usurpado y en los momentos que la invasión se producía. Ante lo flagrante de la participación del Sr. Espinoza, este fue puesto de inmediato a disposición de la Corte de Apelaciones de Valdivia, por infracción a la ley de seguridad interior del estado.
“La intendencia será inquebrantable para garantizar el orden público, la paz social, el respeto a la autoridad constituida y renueva su confianza en los guardadores del orden público”.


Versión del mayor de Carabineros, comisario de Puerto Montt, Rolando Rodríguez Morban


“Producida la usurpación de los terrenos de Pampa Irigoin, el día 8 de marzo, fue informada la prefectura de Puerto Montt de la comisión de este delito. Se me ordenó comprobar la efectividad del hecho y su magnitud, lo que traté de hacer en el terreno mismo, donde fui insultado, rodeado de una poblada y amenazado en mi integridad física, manifestándoseme por los pobladores, que estaban allí con autorización del Regidor de Puerto Montt, Sr. Luis Espinoza Villalobos, y que nadie los haría salir de los terrenos. Ante esta situación, me dirigí al aludido Regidor para que me aclarara la situación de que yo debía dar cuenta, y me acompañara hasta el predio, a fin de que los ocupantes pudieran escucharme para explicarles lo ilegal de su actitud.

“El regidor Espinoza me acompañó hasta el predio, en el cual uno de los dirigentes de la ocupación me entregó una lista en que figuraban 91 familias con 300 personas ocupantes del mismo, haciéndome saber que estaban decididos a resistir cualquier fuerza que pretendiera sacarlos de su actitud, por lo cual hube de retirarme, luego de conminarlos a que respetaran la ley y depusieran su determinación, haciéndoles presente que estaban inflingiendo leyes penales relativas al derecho de propiedad y del orden público.

“Entre tanto, el Sr. Rociel Irigoin, dueño del predio, había denunciado esta situación en la segunda comisaría de Puerto Montt.
“En vista de lo acontecido, la prefectura de Puerto Montt dio cuentas pertinentes a la Intendencia de la provincia, ordenando la autoridad, en cumplimiento del deber que la obliga a mantener el orden y la paz pública con toda clase de armas, dejando heridos a varios de ellos al llevar a cabo el cometido ordenado y del cual no podía excusarse también por imperativo de la ley , dentro de la cual se actuaba” .